ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E. 062 - HOSPITAL LAS PIEDRAS
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
"LLAMADO INTERNO"
Se convoca a funcionarios pertenecientes a la UE 062 -Hospital Las Piedras, para desempeñar la función de AUXILIAR DE SERVICIO PARA CUIDADOS INTENSIVOS DE ADULTOS.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el Procedimiento de Meritos y Antecedentes.
Período de Inscripción: 20/06/2022 hasta 04/07/2022 inclusive.-
Requisitos Específicos (Excluyentes):
Ser funcionario perteneciente a la U.E 062 - Hospital Las Piedras Presupuestado o contratado por Art. 256 de la Ley N° 18834 ó Comisión de Apoyo de la U.E. 068 con ingreso previo al 30/06/2018 y en condiciones de ser presupuestable, cumpliendo funciones como Auxiliar de Servicio.
Experiencia documentada como Auxiliar de Servicio como mínimo 6 meses en área de cuidados intensivos ó URA.
Título de Auxiliar de Servicio registrado y habilitado en el MSP
Experiencia Laboral documentada en A.S.S.E (Presentar actuación funcional)
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad.(al momento de la convocatoria)
Se valorará: Escolaridad, Capacitación complementaria, Antigüedad en la
Función y Desempeño Acreditado como Auxiliar de Servicio.
Actividades documentadas relacionadas a la función concursada.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación.
La integración y actuación del Tribunal: Se realizara atento a lo establecido en los Art 7º y 9º del Decreto Nº.197/006 de fecha 22 de Junio 2006. El tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Las Piedras, Junio de 2022.
BASES DEL LLAMADO
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E. 062 - HOSPITAL LAS PIEDRAS
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITOS Y ANTECEDENTES
FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: AUXILIAR DE SERVICIO PARA CUIDADOS INTENSIVOS DE ADULTOS
PRINCIPALES ACTIVIDADES:
Ser responsable de la limpieza de todas las unidades de los pacientes, así como enfermería y áreas no asistenciales manteniendo los protocolos del servicio.
Realizar la higiene de superficies al comienzo de la guardia.
Realizar la tarea de descarte de bolsas de residuos al finalizar el turno.
Realizar tareas de mensajería
Realizar la tarea de transporte de las sabanas sucias y recambio por limpias antes de finalizar la guardia.
Participar de las reuniones convocadas por la Jefatura del servicio, así como en charlas y cursos inherentes a su formación.
Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.
Norma Aplicable:
-Decreto 197/2006 de 22/06/2006
MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)
"Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
- hasta 35 puntos por la escolaridad.
- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
"Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
- hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
- hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año. (Art.7)
TRIBUNAL DE CONCURSO:
Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
Un representante designado por A.S.S.E
Un representante de la Unidad Ejecutora
Un representante de los funcionarios
Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
El formulario no se encuentra disponible