LLAMADO INTERNO
UE 004- CENTRO HOSPITALARIO PEREIRA ROSSELL
REGISTRO DE ASPIRANTES
FUNCIÓN: ENCARGATURA DEL SERVICIO DE EMERGENCIA GINECO-OBSTÉTRICA
1. BASES DEL LLAMADO
Se convoca a funcionarios pertenecientes a la Unidad Ejecutora 004-Centro Hospitalario Pereira Rossell dependiente jerárquicamente de la Dirección del Hospital de la Mujer.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Prueba.
2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)
• Ser funcionarios pertenecientes a la U.E. 004 Centro Hospitalario Pereira Rossell Presupuestado o Contratado Artículo 256 - Ley N.º 18.834 (04/11/2011), desempeñando funciones como Especialista en Ginecología con una antigüedad mayor a 18 meses.
• Título de Especialista en Ginecología registrado y habilitado por el MSP.
• Acreditar inscripción vigente en el Colegio Médico del Uruguay (Ley N° 18591 (18/09/09) - Art.2°).
• Presentar Actuación Funcional de A.S.S.E. Actualizada
• Cédula de identidad vigente.
• Formulario para Presentación a Llamado a Concurso disponible en la página web de A.S.S.E.
3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)
• Presentar proyecto de trabajo que será tomado como prueba (ver bases)
4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)
• Escolaridad
• Capacitación Complementaria
• Antigüedad en la función
• Desempeño Acreditado
5. INSCRIPCIONES
Comenzarán a partir del día 21/08/2023 a la hora 09:00 y hasta el día 05/09/2023 a la hora 15:00 inclusive.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación.
Importante: Los postulantes deberán enviar la documentación única y exclusivamente
en formato PDF, siendo 5 MB el tamaño máximo de cada mail individual.
Si el tamaño excede los 5 MB, se deberá enviar la información fragmentada en dos o
más correos, identificando cada mail (cantidad) consecutivamente.
El Postulante recibirá por correo la siguiente respuesta automática: Se recibió el presente correo, se aclara que el contenido del mismo está sujeto al control de los requisitos excluyentes que se realizará una vez finalizado el período de inscripción, los que determinarán si "Quedó inscripto" o "No quedó inscripto" en este llamado.
6. VÍAS DE CONSULTAS
El correo mencionado en el punto 5.B., se utilizará sólo a efectos de enviar la documentación y se conformar la inscripción o no al llamado a concurso. No se recibirá ni responderán consultas.
Las consultas con respecto a los llamados se canalizarán a través del correo dispuesto por la Unidad Ejecutora en el Portal de Uruguay Concursa: consultadellamados.004@asse.com.uy
7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER
A. El correo electrónico desde el cual el postulante remita la documentación se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.
B. El postulante podrá proponer un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando (en el mail en que envía la documentación para la inscripción) nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse).
C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".
D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.
E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.
F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los tres días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.
G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 15 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.
H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.
8. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
• Liderar los equipos de trabajo y procesos asistenciales.
• Tener un relacionamiento jerárquico adecuado de acuerdo al organigrama vigente.
• Tener una comunicación fluida y efectiva con los diferentes actores del sector: funcionarios dependientes, profesionales, integrantes de Cátedras y usuarios.
• Gestionar los recursos materiales y humanos.
• Aplicar el conocimiento técnico adquirido y del sistema de referencia-contra referencia en post de la asistencia de calidad.
• Manejar los sistemas informáticos de ASSE
• Promover el trabajo en equipos interdisciplinarios
• Planificar, organizar y evaluar todas las actividades asistenciales del Departamento y coordinar con el resto de los Servicios del Hospital.
• Estar presente a diario en el Departamento de Emergencia identificando problemas y aplicando el proceso de toma de decisiones para la resolución de los mismos.
• Participar en la producción y creación de protocolos y procesos asistenciales que vinculen al Departamento con el resto de los Servicios y del tercer con el resto de los niveles.
• Integrar las diferentes comisiones hospitalarias cuando le sea requerido.
• Administrar la dotación de recursos humanos de acuerdo a la variabilidad en el número de consultas y la complejidad de las mismas.
• Aplicar procedimientos vinculados a los RRHH de acuerdo al Manual Institucional para lograr una adecuada continuidad y funcionalidad del Servicio.
• Realizar control asistencial (FSA), cobertura de suplentes, aplicación de sanciones, evaluación de desempeño, descargos, juntas medicas entre otros.
• Participar y colaborar en las actividades de investigación, producción científica y con los diferentes programas educativos.
• Tener interrelacionamiento con la Academia participando en la organización de las actividades a traves de Jefes de Residentes y profesores responsables
• Utilizar los sistemas informáticos de A.S.S.E en el desempeño de su función.
*Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.
9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL
Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º, 8° y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de junio de 2006. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
• Un representante designado por A.S.S.E
• Un representante de la Unidad Ejecutora
• Un representante de los funcionarios
• Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
• El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Actuación (Art.7° y 8°- Decreto Nº 197/2006):
• Méritos y Antecedentes (100 puntos)
? "Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
? hasta 35 puntos por la escolaridad.
? hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
? "Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
? hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
? hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.
• Méritos y Oposición (200 puntos)
? "Prueba"
Tratándose de selección por prueba y méritos, la puntuación se otorgará sobre un total de 200 puntos, correspondiendo 100 a la prueba de oposición y 100 a los factores referidos en el artículo anterior. (Méritos, Antecedentes y Prueba) (Art.8°).
PROYECTO DE TRABAJO:
El funcionario deberá presentar un Proyecto para el Departamento de Emergencia Gineco-Obstetrica el que debe estar alineado con los Objetivos Sanitarios Nacionales, el Plan Estratégico de Región Sur de Asse de 2023 y en relación con las competencias y características descriptas en las bases del llamado.
El Proyecto deberá constar de:
• Introducción
• Marco teórico
• Objetivos Generales y Específicos
• Líneas de Acción e Indicadores
Especificaciones para la Escritura:
• Extensión máximo 20 carillas
• Tipo de letra Arial tamaño 12
• Espacio y medio de interlineado
• Márgenes de 2.5 cm
• Títulos en Negrita tamaño 14 y centrados
• Subtítulos en Negrita
Nota: El plazo máximo para presentar el proyecto de trabajo es el 29 de setiembre
10. NORMATIVA
Norma Aplicable:
Decreto 197/2006 de 22/06/2006
La inscripción en el "Registro de Aspirantes" no les confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección.
El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años.
11. CONSIDERACIONES PARA LA CONVOCATORIA
A. Inhabilitaciones. Art. 4 de la Ley 18.172 de fecha 07/09/2007: "Las personas que hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público, o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, previo sumario administrativo cuando correspondiere, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública.
Se excepciona del inciso anterior a aquellas personas que hayan sido destituidas por razones políticas, sindicales o mera arbitrariedad en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985."
B. En caso de ser convocado, el inscripto deberá exhibir los originales de toda la documentación enviada en formato PDF.
Montevideo, Agosto de 2023.
EL FORMULARIO NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE.-