ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E. 07 - HOSPITAL VILARDEBÓ
"LLAMADO INTERNO PARA CUMPLIR LA FUNCIÓN DE ENCARGATURA"
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
Se convoca a funcionarios para conformar la lista de aspirantes a la función de Encargado/a de Intendencia, dependiente jerárquicamente de la Unidad Ejecutora 07 Hospital Vilardebó.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes
Período de postulación: 01 de Agosto hasta el 15 de Agosto de 2022 inclusive.
Requisitos Específicos (Excluyentes):
Ser funcionarios pertenecientes a la U.E - 007 - Hospital Vilardebó Presupuestado ó Contratado Art. 256 - Ley Nro. 18.834.
Capacitación documentada en Oficios vinculados a la función convocada expedido por la Dirección General de Educación Técnico Profesional - UTU (ex CETP) ó Instituciones Públicas ó Privadas reconocidas por el MEC.
Experiencia laboral mínima de tres (3) años en la Unidad Ejecutora, o de un año (1) en función concursada.
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la convocatoria).
Se valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la Función y Desempeño Acreditado.
Cursos de Foguista, Electricista, Sanitaria y/ó Refrigeración.
Preinscripción: Completar formulario de postulación.
La Integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7° y 9° del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de junio de 2006.El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
El tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Montevideo, Agosto de 2022.
BASES DEL LLAMADO
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E 07 - HOSPITAL VILARDEBÓ
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITO Y ANTECEDENTES
FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: ENCARGADO/A DE INTENDENCIA
DEPENDENCIA: Dirección Administrativa.
SUPERVISA A: Mantenimiento y a Empresas Tercerizadas.
PRINCIPALES ACTIVIDADES:
Generalidades:
El Encargado de Intendencia supervisa los servicios que están bajo su dependencia, los cuales son: Mantenimiento, Despensa, Choferes, Lencería y Servicio de Vigilancia.
Organizar, planificar y supervisar los procesos de dichos sectores.
Planificar y gestionar anualmente las necesidades de dichos servicios.
En cuanto a:
. Supervisar tareas de mantenimiento de toda la planta física.
. Elaborar informe de funcionamiento de equipamiento
. Supervisar trabajo requerido por la Institución a nivel de tercerización (empresa contratada) con el objetivo de que los mismos se ejecuten en tiempo y forma según lo acordado.
. Supervisar el mantenimiento de la higiene y limpieza, control de plagas, etc
. Supervisión del sistema sanitario, iluminación, calefacción, refrigeración, seguridad de infraestructura.
. Supervisar la flota vehicular, controlando el mantenimiento, preservación y reparación de los vehículos.
. Supervisar las instalaciones, conexiones y funcionamiento de los medios de comunicación.
. Coordinar el desplazamiento de mobiliario y equipos entre los sectores.
* Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.
Nota: La actualización de los datos personales son de responsabilidad del postulante. A todos los efectos se tendrá como medio hábil de notificación y comunicación el correo electrónico que el postulante declare.
Norma Aplicable:
- Decreto 197/2006 de 22/06/2006
MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)
"Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
- hasta 35 puntos por la escolaridad.
- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
"Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
- hasta 30 puntos por plan de trabajo y la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año. (Art.7)
TRIBUNAL DE CONCURSO:
Integración (Art.9° - Decreto N.º 197/2006):
Un representante designado por A.S.S.E.
Un representante de la Unidad Ejecutora.
Un representante de los funcionarios.
Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
El formulario no se encuentra disponible