LLAMADO INTERNO: ENCARGATURA DE CONTADURÍA. HOSPITAL DE PANDO

ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

U.E. 050 - HOSPITAL PANDO

"REGISTRO DE ASPIRANTES"

LLAMADO INTERNO


Se convoca a los funcionarios pertenecientes al Inciso 29 para desempeñar la función de Encargatura de Contaduría, dependiente jerárquicamente de la Gerencia Financiera.


La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.

Fecha de Inscripción: 30 de marzo hasta el 27 de abril de 2023 inclusive.

Requisitos Específicos (Excluyentes):

Ser funcionario perteneciente al Inciso 29 presupuestado ó contratado Art. 256 (Ley N.º 18.834) desempeñando funciones de administrativo con un período no menor a 2 años.

Título de Técnico/a en Administración.

Presentar actuación funcional de A.S.S.E. Actualizada.

No tener antecedentes funcionales negativos de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la convocatoria).

Preinscripción: Completar formulario de postulación.

Se valorará: Escolaridad, capacitación complementaria, antigüedad en la función y desempeño acreditado.

Experiencia documentada en SIIF y Contawin.

Formación documentada en informática debidamente documentada, Excel, Word, etc

La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de junio de 2006.

El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

 

 

Importante: Los postulantes deberán enviar la documentación única y exclusivamente en formato PDF, siendo 5 Mb el tamaño máximo de cada mail individual.

Si el tamaño excede los 5 Mb, se deberá enviar la información fragmentada en dos o más correos, identificando cada mail (cantidad) consecutivamente.

 

 

 

Pando, Abril de 2023

 

 

BASES DEL LLAMADO

ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

U.E 050 - HOSPITAL DE PANDO

 "REGISTRO DE ASPIRANTES"


MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITOS Y ANTECEDENTES

 

FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: ENCARGATURA DE CONTADURÍA

PRINCIPALES ACTIVIDADES:

Supervisar, coordinar y elaborar el registro contable de las operaciones, así como

la elaboración de informes y rendiciones de cuentas, en el marco de la normativa vigente.

Colaborar con el adecuado manejo de los recursos financieros y presupuestales de la Unidad Ejecutora.

Supervisar, coordinar, controlar y rendir cuenta ante quienes corresponda, de la administración de los recursos financieros de la entidad.

Supervisar las conciliaciones con el Banco de la República Oriental del Uruguay de los movimientos de fondos de las cuentas corrientes de la Unidad Ejecutora

Controlar la rendición de la recaudación general mensual de la Unidad Ejecutora ante la Contaduría General de la Nación (Sistema Integrado de Información Financiera).

Colaborar en la preparación mensual y trimestral toda la información requerida por las oficinas competentes respecto a la ejecución del presupuesto.

Preparar la información para el pago de Fondo Rotatorio, retenciones, trámites y gestiones bancarias.

Procesar los comprobantes que permitan realizar los pagos, a través del sistema SIIF.

Participar en los arqueos correspondientes al control de valores, materiales y útiles.

Participar de la reunión de Encargados de la División.

Participar en reuniones con los encargados subordinados para coordinar actividades, aunar criterios y transmitir información tanto técnica como organizacional.

Supervisar las tareas de los puestos subordinados.

Controlar la correcta aplicación de los procedimientos en las tareas que realizan los puestos subordinados.

Administrar los aspectos relacionados con la gestión de personal perteneciente al Departamento (licencias, salidas, certificaciones, faltas, etc.).

Controlar el cumplimiento mensual y anual de las metas grupales establecidas para el sector.

Trabajar en conjunto con los Jefes de Sectores relacionados al Servicio de Contaduría.

 

*Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer

 

CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER

  1. El correo electrónico desde el cual el postulante remita la documentación se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.

  2. El postulante podrá proponer un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando (en el mail en el que envía la documentación para la inscripción) nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse).

  3. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".

  4. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.

  5. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.

  6. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los cinco días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.

  7. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 15 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.

  8. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.

 

Norma Aplicable:

Decreto 197/2006 de 22/06/2006

 

MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)

 

"Méritos"

El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:

- hasta 35 puntos por la escolaridad.

- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.

 

"Antecedentes"

El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:

- hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.

- hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año (Art.7).

 

TRIBUNAL DE CONCURSO:

Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):

 

Un representante designado por A.S.S.E.

Un representante de la Unidad Ejecutora.

Un representante de los funcionarios.

 

Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.

 

El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de

Dirección de la Unidad Ejecutora.

 

El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.


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