La RIEPS anuncia la aprobación de su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo

27-12-2012

Este miércoles 26 de diciembre, en la Sala de Sesiones del Ministerio de Salud Pública, tuvo lugar el anuncio por parte de las autoridades de la salud de la aprobación del decreto del Poder Ejecutivo 392/012 por el cual se reglamenta el art. 741 de la Ley Nº 18.719 de creación de la RED INTEGRADA DE EFECTORES PÚBLICOS DE SALUD (RIEPS).

La conferencia de prensa contó con la presencia del Ministro de Salud Pública, Dr. Jorge Venegas, integrantes del Directorio de ASSE, encabezado por su Presidenta, Dra. Beatriz Silva, así como el Coordinador de la RIEPS, Dr. Wilson Benia y referentes de las demás instituciones que integran la RIEPS.

El Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), en su definición fundacional ha incluido la noción de integración, lo cual remite a la articulación y complementariedad. Establece que se realizará atención integral de las personas en todos los niveles de atención, fortaleciendo para ello el concepto de Red Pública de Salud y procurando el aprovechamiento racional de los recursos humanos, materiales, financieros y de la capacidad sanitaria instalada y a instalarse. Estos elementos convocan al sector público a generar una dinámica de redes, superando los elementos de fragmentación entre sus instituciones y ámbitos de atención, para asegurar la integralidad y continuidad de la atención.

Hace exactamente dos años, el 27 de diciembre de 2010 fue promulgada la Ley 18.719 que en su Art. 741 plantea la creación de la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS), estableciendo su integración y que la misma tendrá un Consejo Directivo Honorario, determinando los cometidos de este órgano, entre los que se encuentra la elaboración de un Plan estratégico que incluya el reglamento de organización y funcionamiento.

La Red Integrada de Efectores Públicos de Salud tiene su antecedente en el artículo 4° literal B de la Ley 18.161 del 29 de diciembre de 2007, que crea el Servicio Descentralizado ASSE, asignándole entre sus competencias la coordinación de los demás organismos del Estado que presten servicios de salud.

El 7 de diciembre de 2012 en Consejo de Ministros, fue firmado el Decreto Reglamentario de la RIEPS Nº 392/012, por el que el Presidente de la República decretó que se constituya la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS), integrada por la Administración de Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), el Banco de Previsión Social (B.P.S.), el Hospital de Clínicas, la Dirección Nacional de Sanidad Policial, la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, el Banco de Seguros del Estado (B.S.E.), la División Salud de la Intendencia de Montevideo, y las demás Intendencias Departamentales que brinden prestaciones de salud a la población que definirán un representante a través del Congreso de Intendentes. La participación en la RIEPS no afectará la autonomía ni la dependencia de cada efector con sus respectivas jerarquías

El objetivo de la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS) será coordinar y facilitar el intercambio de servicios y el desarrollo de programas entre los organismos que la integran, procurando alcanzar los máximos niveles de accesibilidad, calidad y eficiencia, evitando superposiciones y/o duplicaciones.

La RIEPS tiene un Consejo Directivo Honorario conformado por un representante titular y uno alterno, designado por cada uno de los organismos públicos incorporados y es presidido por el representante de ASSE. Estos representantes poseen capacidad y potestades suficientes para la toma de decisiones. El Consejo Directivo tiene los siguientes cometidos:

o Diseñar la estructura interna de la RIEPS.
o Redactar los reglamentos de organización y funcionamiento de dicho Consejo
o Elaborar un plan estratégico que incluya:
• líneas de acción hacia el fortalecimiento de la Red Integrada de Efectores Públicos de Salud en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud.
• áreas prioritarias para intercambio o venta de servicios en general.
• implementación de los lineamientos de la JUNASA, en particular los Programas de Salud y el cumplimiento de las Metas Prestacionales.
• seguimiento y evaluación del funcionamiento de la RIEPS
• formas de comunicación y difusión de los servicios, roles, acciones, capacidades de la RIEPS.
o Mantener vínculos con el Sistema Nacional de Emergencias y los respectivos Sistemas Departamentales, para brindar respuestas coordinadas, eficaces y eficientes.
o Coordinar de forma intersectorial con los demás organismos vinculados con las políticas sociales, ambientales u otras, desde una perspectiva integral de la salud.

En el marco del funcionamiento de la RIEPS los prestadores que la integran, ante la necesidad de contratar servicios tomarán como primera opción los ofrecidos por miembros de la Red Pública frente a los ofertados por terceros, siempre que la ecuación costo/beneficio no sea desfavorable al compararlos con los mismos servicios ofrecidos en plaza.

A partir de la agenda de trabajo definida en abril de 2012, las líneas de trabajo en curso pueden agruparse en dos grandes ejes: las áreas programáticas prioritarias, y el campo de la complementación e intercambio de servicios entre sus instituciones.

El campo de la Salud Sexual y Reproductiva ha sido un área programática que ha merecido especial atención especialmente en lo que refiere a la mejora de los procesos de gestión de métodos anticonceptivos en coordinación con el MSP, con el apoyo de UNFPA, sobre todo en lo referente a estimación de necesidades, almacenamiento y logística de distribución

Se ha planteado un claro compromiso con el Programa URUGUAY CRECE CONTIGO. Se ha reunido el Consejo Directivo con el Equipo de Coordinación de UCC y está en conocimiento de las diferentes instituciones de la RIEPS los documentos y estrategias principales del programa. Se ha elaborado un convenio entre la RIEPS y UCC que está a consideración de las diferentes instituciones.

En el campo de la complementación en estructuras y servicios pueden concebirse diferentes modalidades: compra y venta de servicios, inversiones estratégicas, cuentas corrientes de intercambio de prestaciones, proyectos conjuntos de desarrollo de áreas o servicios concretos.

Entre los años 2011 y 2012 se han concretado 25 convenios, comodatos o acuerdos de transferencias de recursos entre instituciones públicas tendientes a la complementación de las capacidades disponibles en el campo de la salud. Un número similar de esta siendo analizado y en proceso de elaboración.

Evidencian un esfuerzo conjunto entre organismos públicos por crear una nueva dinámica del Estado que permita superar la fragmentación del accionar de las instituciones y optimizar el uso de los recursos, generando una respuesta de mejor calidad a las necesidades de la población.

Han participado en estos compromisos:
- ASSE
- BPS
- BSE
- Dirección Nacional de Sanidad Policial. Ministerio del Interior.
- Dirección Nacional de Sanidad Militar. Ministerio de Defensa.
- Hospital de Clínicas. UDELAR.
- Intendencia de Montevideo. División Salud.
- Intendencia de Flores.
- Intendencia de Maldonado.
- Centro Cardiovascular Universitario. Hospital de Clínicas. UDELAR.
- MIDES
- ANCAP
- Facultad de Enfermería. UDELAR.
- Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer.
- MEVIR
- UTU
- MSP

La reglamentación del artículo de la Ley que ha constituido la RIEPS, contribuirá al posicionamiento de la Red Pública de Salud como referente de calidad en el Sistema Nacional Integrado de Salud, con una dinámica de toma de decisiones concertadas entre organismos públicos en el campo de las inversiones estratégicas, el modelo de atención y de gestión, la incorporación de tecnología, las prioridades programáticas y la sostenibilidad de los servicios, poniendo la legítima autonomía de cada uno al servicio de la complementación.