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LLAMADO INTERNO ENCARGATURA DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN-HOSPITAL VILARDEBÓ

  LLAMADO INTERNO

 

UE 007 - HOSPITAL VILARDEBÓ

 

REGISTRO DE ASPIRANTES

 

FUNCIÓN: ENCARGADO/A DEL SERVICIO ALIMENTACIÓN

 

 

1. BASES DEL LLAMADO

Se convoca a funcionarios pertenecientes al Inciso 29.

Dependerá jerárquicamente de la Dirección de la Unidad Ejecutora 007-Hospital Vilardebó

La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.

 

2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)

  • Ser funcionario perteneciente del Inciso 29 ASSE Presupuestado o Contratado Artículo 256 - Ley N.º 18.834 (4/11/2011), prestando funciones como Licenciado/a en Nutrición/Nutricionista-Dietista
  • Cédula de identidad vigente (frente y dorso).
  • Título de Licenciado/a en Nutrición / Nutricionista - Dietista habilitado y registrado por el MSP (frente y dorso).
  • Formulario para Presentación a Llamado a Concurso disponible en la página web de A.S.S.E.(https://www.asse.com.uy/contenido/FORMULARIO-PARA-LLAMADOS-A-CONCURSO-DE-A-S-S-E-14492)
  • Presentar Actuación Funcional de ASSE (Actualizada)
  • Postularse al llamado en la página de A.S.S.E.

 

3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)

 

  • Formación documentada en Gestión de Servicios de Alimentación y/o Calidad en Servicios de Alimentación y Nutrición

 

  • Experiencia documentada como Licenciado/a en Nutrición de 5 años.

 

4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)

 

  • Escolaridad
  • Capacitación Complementaria
  • Antigüedad en la función
  • Desempeño Acreditado

 

 

 

 

 

5. INSCRIPCIONES

 

Comenzarán a partir del día 03/07/2025 a la hora 09: 00 y hasta el día 17/07/2025 a la hora

15:00 inclusive.

 

Preinscripción: Completar el formulario de postulación.

 Una vez completado el formulario de pre inscripción, se enviará al correo proporcionado por el postulante la información y documentación necesaria para avanzar en el proceso de inscripción y selección.

 

6. VÍAS DE CONSULTAS

Las consultas con respecto a los llamados se canalizarán a través del correo: consultadellamados.007@asse.com.uy y en la Oficina de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora.

 

 

7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER

 

 

A.     El correo electrónico declarado por el postulante al momento de la inscripción se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.

B.     El postulante podrá proponer al momento de la postulación un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando por nota firmada nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse y ningún postulante podrá integrar el Tribunal).

C.     La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".

D.     Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.

E.     Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.

F.     Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los tres días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.

G.    Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 de 15/11/2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.

H.     Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.

 

 

 

8. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

 

  • .Realizar la planificación estratégica del servicio en cumplimiento de la misión, visión y objetivos de la Institución.
  • Planificar, organizer, dirigir, coordinar, supervisor, controlar y evaluar todos los procesos para el buen funcionamiento del Departamento.
  • Diseñar el Reglamento interno del Departamento para un buen funcionamiento.
  • Validar protocolos de trabajo y programar actividades de acuerdo a las metas y objetivos establecidos.
  • Trabajar en coordinación con otras areas de la Institución vinculadas con el Departamento.
  • Confeccionar informes, reports y estadísticas del Departamento para el Equipo de Gestión de la Institución.
  • Realizar el análisis y proyección de los insumos necesarios para el funcionamiento del Departamento.
  • Invertir en la gestión de compras de recursos materiales e insumos para cumplir con la planificación establecida.
  • Integrar los equipos que realizan y evalúan la compra de alimentos de uso medicinal, así como suplementos dietarios y formulas nutricionales.
  • Establecer las necesidades de los recursos humanos, participando en el proceso del personal, garantizando la cobertura.
  • Fomentar la participación, intercambio y cooperación en el ámbito de formación del recurso humano como estrategia para el desarrollo de una gestión de calidad en el servicio.
  • Intervenir en la planificación y supervision de programas y actividades de educación e investigación alimentario- nutricional dentro de la Institución.
  • Participar en la planificación y diseño edilicio de las areas vinculadas al Departamento.
  • Garantizar el cumplimiento de las normas de bioseguridad vigentes en relación a la prevención de riesgo de accidents y enfermedades laborales.
  • Participar en el desarrollo de programas de capacitación y de salud ocupacional.
  • Realizar capacitaciones internas al servicio de alimentación así como participar del plan de capacitación a usuarios del Hospital.
  • Asegurar el uso racional de los recursos acorde a las pautas de preservación ambiental y responsabilidad social.
  • Articular con los servicios académicos de referencia, la realización de prácticas que contribuyan a la formación de estudiantes de la carrera de Licenciado en Nutrición y Auxiliares de Servicio y Tisanería.
  • Definir indicadores de gestión de calidad, evaluar los resultados obtenidos del servicio, identificar desvíos y/o adaptar o modificar los procesos correspondientes.
  • Elaborar programas de limpieza y desinfección de los diferentes sectores del servicio (POES), realizar eduación incidental y programada.

 

*Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.

 

 

 

9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL

 

Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006.

El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

 

Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):

  • Un representante designado por A.S.S.E
  • Un representante de la Unidad Ejecutora
  • Un representante de los funcionarios
  • Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
  • El Tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

 

 

 

Actuación (Art.7°- Decreto Nº 197/2006):

 

  • Méritos y Antecedentes (100 puntos)
    • "Méritos"

El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:

§  hasta 35 puntos por la escolaridad.

§  hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementaria, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.

 

o   "Antecedentes"

El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:

§  hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.

§  hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.

 

 

 

10. NORMATIVA

 

Al amparo del Art.256- Ley 18.834 de 04/11/2011 "Los ingresos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E) se realizarán mediante contrataciones provisorias por el término de dieciocho meses, las que se financiarán con los créditos habilitados para las vacantes correspondientes, pudiendo ser rescindidas en cualquier momento por resolución fundada de la autoridad competente. Transcurrido el plazo del inciso anterior y previa evaluación favorable, el contratado será incorporado en un cargo presupuestado. La no aprobación de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará el mecanismo de selección de los recursos humanos aspirantes a ser contratados en el presente régimen de provisoriato".

 

Norma Aplicable:

Decreto Nº 197/2006 de 22/06/2006 -Resolución Directorio Nº 4385/2011 de 30/12/2011 - Reglamentación de ASSE, referida a la aplicación del Decreto Nº 197/2006 - "Registros de Aspirantes" -, para el ingreso mediante el régimen de contrataciones provisoria.

 

La inscripción en el "Registro de Aspirantes" no le confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección, que precederá a la contratación, de acuerdo con las pautas fijadas en el Decreto Nº 197/2006 de 22/06/2006, resolución y en las bases del llamado.

El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años.

Homologado el llamado a concurso, se dará inicio al proceso de contratación, cuando la Unidad Ejecutora cuente con el cargo vacante a proveer.

 

 

11. CONSIDERACIONES PARA LA CONTRATACIÓN

 

A.     Inhabilitaciones. Art. 4 de la Ley 18.172 de 31/08/2007: "Las personas que hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público, o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, previo sumario administrativo cuando correspondiere, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública.

Se excepciona del inciso anterior a aquellas personas que hayan sido destituidas por razones políticas, sindicales o mera arbitrariedad en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985."

 

B.     No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad.

 

C.     En caso de ser convocado para la contratación, el inscripto deberá exhibir los originales de toda la documentación presentada o enviada oportunamente al momento de la postulación.

 

 

Montevideo, julio de 2025.