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LLAMADO INTERNO: ENCARGATURA DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA. RAP SAN JOSE

LLAMADO INTERNO

UE 045 - RED DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SAN JOSÉ

REGISTRO DE ASPIRANTES

FUNCIÓN: ENCARGADO/A DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA

 

1. BASES DEL LLAMADO

Se convoca a funcionarios pertenecientes a la Unidad Ejecutora 045 - Red de Atención Primaria de San José.
Dependerá jerárquicamente del Equipo de Gestión de la Unidad Ejecutora 045 - Red de Atención Primaria de San José.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Prueba.

 

2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)
• Ser funcionario de la Unidad Ejecutora 045 - Red de Atención Primaria de San José Presupuestado o Contratado Artículo 256 - Ley N.º 18.834 (4/11/2011), prestando funciones como Licenciado/a en Enfermería.
• Cédula de identidad vigente.
• Título de Licenciado/a en Enfermería registrado y habilitado en el M.S.P. .
• Presentar Actuación Funcional de A.S.S.E. (Actualizada)
• Formulario para Presentación a Llamado a Concurso disponible en la página web de A.S.S.E.(https://www.asse.com.uy/contenido/FORMULARIO-PARA-LLAMADOS-A-CONCURSO-DE-A-S-S-E-14492

 

3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)

• Título de Posgrado en Gestión y/ó Administración de Servicio de Salud otorgado por Instituciones públicas ó privadas reconocidas por el MEC.
• Experiencia de trabajo de al menos dos (2) años en funciones de Gestión de Enfermería y/o Servicios de Salud.
• Presentar Proyecto de Trabajo que será tomado como prueba (ver bases):

 

4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)

• Escolaridad
• Capacitación Complementaria
• Antigüedad en la función
• Desempeño Acreditado
• Título de Posgrado en Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria o similar otorgado por Instituciones públicas o privadas reconocidos por el MEC.


5. INSCRIPCIONES

Comenzarán a partir del día 15/06/2026 a la hora 09:00 y hasta el día 17/07/2026 a la hora 14:00 inclusive.

El día 19 de junio la Oficina de Recursos Humanos permanecerá cerrada.


A. Los interesados podrán optar sólo por una de las modalidades A.1. ó A.2. y deberán proceder según el siguiente detalle:

A.1. Enviar única y exclusivamente en formato PDF al correo electrónico llamadosinternos.045@asse.com.uy durante el período de inscripción: La Documentación probatoria que se detalla en los puntos 2, 3 y 4 (Requisitos: Excluyentes Generales, Excluyentes Específicos y a Valorar).
Los postulantes deberán enviar la documentación única y exclusivamente en formato PDF, siendo 5 MB el tamaño máximo de cada mail individual.
Si el tamaño excede los 5 MB, se deberá enviar la información fragmentada en dos o más correos, identificando cada mail (cantidad) consecutivamente.
El Postulante recibirá por correo la siguiente respuesta automática: Se recibió el presente correo, se aclara que el contenido del mismo está sujeto al control de los requisitos excluyentes que se realizará una vez finalizado el período de inscripción, los que determinarán si "Quedó inscripto" o "No quedó inscripto" en este llamado.

A.2. Concurrir a la Oficina de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora, sito en Artigas N° 626 - Ciudad de Libertad de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 14:00 durante el período de inscripción con la Documentación probatoria foliada que se detalla en los puntos 2, 3 y 4 (Requisitos: Excluyentes Generales, Excluyentes Específicos y a Valorar).
El postulante recibirá una constancia de haber entregado la documentación, la cual especifica que el contenido de la misma está sujeta al control de los requisitos excluyentes que se realizará una vez finalizado el período de inscripción. Posteriormente el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si "Quedó inscripto" o "No quedó inscripto" en el llamado.

Nota Importante: se tomará como modalidad seleccionada por el postulante la primera que el mismo utilizó. En caso de que el interesado decida ampliar la documentación ya ofrecida (sólo dentro del período de inscripción) deberá realizarlo en la misma modalidad que presentó la documentación originalmente.


6. VÍAS DE CONSULTAS

El correo mencionado en el punto 5.A.1, se utilizará sólo a efectos de enviar la documentación y confirmar la inscripción o no al llamado a concurso. Desde ese correo no se recibirán ni responderán consultas.
Las consultas con respecto a los llamados se canalizarán a través del correo dispuesto por la Unidad Ejecutora: consultadellamados.045@asse.com.uy y en la Oficina de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora.

 

7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER

A. El correo electrónico declarado por el postulante al momento de la inscripción se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.
B. El postulante podrá proponer al momento de la postulación un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando por nota firmada nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse y ningún postulante podrá integrar el Tribunal).
C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".
D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.
E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.
F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los tres días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.
G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 de 15/11/2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.
H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.

8. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Gestión del cuidado, trabajo intersectorial y promoción de la participación social
• Promover el proceso de territorialización y la realización de Análisis de Situación de Salud (ASIS) en los territorios de su responsabilidad, en conjunto con los equipos de salud y la pobla-ción.
• Elaborar participativamente el plan estratégico de enfermería, contribuir y retroalimentar la pla-nificación institucional. Evaluar periódicamente el plan y realizar las mejoras pertinentes.
• Asegurar la implementación de las actividades de vigilancia epidemiológica y acciones de salud pública que competan a enfermería, dirigidas a situaciones específicas, vacunación, planes de contingencia de dengue, entre otros, siguiendo las disposiciones institucionales.
• Promover y supervisar la implementación de actividades de promoción de la salud y prevención de enfermedades, basadas en estrategias participativas, en el ámbito de los servicios de salud, educativos y comunitarios, entre otros.
• Participar en el diseño y asegurar la implementación y difusión de los procesos y protocolos de atención de enfermería. Promover su actualización periódica según la evidencia científica dis-ponible.
• Promover el desarrollo de las actividades independientes de enfermería que mejoren la resoluti-vidad del Primer Nivel de Atención (PNA), y la continuidad de la atención, en particular la reali-zación de consultas de enfermería en sus diversas modalidades, visita domiciliaria, seguimiento y coordinación asistencial de usuarios / poblaciones priorizadas.
• Promover y participar en la definición e implementación de protocolos de atención en áreas ambulatorias, urgencias, emergencias, traslados y las que se consideren pertinentes.
• Supervisar el correcto uso de los sistemas de información asistencial en particular el registro del Proceso de Atención de Enfermería (PAE) y los procedimientos de enfermería, a través de un plan de evaluación y auditoria u otros mecanismos que se consideren oportunos.
• Establecer un plan para la identificación, prevención y detección precoz de infecciones y eventos adversos vinculados a la atención de enfermería.
• Fomentar la conformación de Comité de Infecciones, Comité de Seguridad del Paciente (CO-SEPA), Seguridad Laboral entre otros con integración de enfermería.
• Participar en la elaboración, implementación y evaluación de planes de contingencia.
• Promover la participación del equipo de enfermería en la coordinación de los servicios de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), en particular entre niveles de atención fortaleciendo el trabajo en redes.
• Promover la participación del equipo de enfermería en la coordinación interinstitucional e inter-sectorial incluyendo la realización y seguimiento de convenios con otros servicios de salud de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), Ministerio de Desarrollo Social (MI-DES), entidades formativas, etc.
• Impulsar la integración de enfermería en espacios de participación social para el abordaje de los problemas de salud, promoviendo el ejercicio de derechos de la población, así como el involu-cramiento de los usuarios y la comunidad en la identificación de problemas y su resolución.

Gestión de recursos
• Asesorar a la Dirección de la Red de Atención Primaria (RAP) en la gestión de enfermería y co-participar con las oficinas de recursos humanos, recursos materiales y servicios de apoyo en las diferentes fases de los procesos en que se requiera.
• Participar en reuniones periódicas con el equipo de gestión a fin de avanzar en conjunto en el logro de los objetivos institucionales definidos.
• Realizar reuniones periódicas de coordinación con el personal a su cargo y con otros servicios de la Unidad Ejecutora (UE) promoviendo estrategias que fortalezcan el trabajo en equipo interdis-ciplinario y la comunicación asertiva.
• Delegar las actividades que correspondan al personal de enfermería profesional y/o auxiliar de su Departamento supervisando su realización.
• Determinar la dotación de recursos humanos necesaria para una atención de calidad en cada servicio a su cargo de acuerdo con las recomendaciones institucionales y/ó nacionales.
• Participar en la elaboración, actualización y difusión de los perfiles de cargo del equipo de en-fermería, acorde a las necesidades de los servicios.
• Detectar las necesidades de capacitación del equipo de enfermería y elaborar un plan anual de capacitación continua y programada.
• Participar en el proceso de captación y selección de personal.
• Asegurar el proceso de inducción institucional y orientación al servicio.
• Garantizar la cobertura de los servicios de enfermería a su cargo, en conjunto con las superviso-ras y otros mandos medios que corresponda, incluyendo el plan anual de licencias.
• Evaluar al personal directamente a su cargo y garantizar la evaluación del personal de enferme-ría.
• Promover el desarrollo de estrategias para entornos de trabajo seguros, y el buen clima laboral evaluando la satisfacción de los equipos de enfermería.
• Determinar las necesidades de recursos materiales, equipamiento e insumos de los servi-cios a su cargo y asegurar la gestión para su abastecimiento y reposición.
• Establecer un plan de gestión de residuos sanitarios y evaluar su cumplimiento.
• Promover y participar en la protocolización de uso y mantenimiento de materiales y equipos, e implementar mecanismos de control.
• Promover la utilización coordinada de recursos compartidos por varios servicios, secto-res e instituciones favoreciendo su optimización y evitando duplicaciones.

 

Formación, docencia e investigación
• Participar en las actividades de formación que el servicio determine y ser proactiva en la bús-queda de otras actividades de formación para asegurar su actualización profesional perma-nente y la del equipo de enfermería a su cargo.
• Coordinar con las instituciones educativas, cuando corresponda, las realizaciones de prácti-cas de grado y posgrado de enfermería en su Unidad Ejecutora, promoviendo su aporte a la mejora de los servicios de salud y evaluando el cumplimiento de los convenios y acuerdos sus-criptos informando a la Dirección de la Unidad Ejecutora.
• Promover la participación de enfermería en la implementación y evaluación de proyectos de investigación relacionados con los problemas de salud de la población, incluyendo el enfo-que de la determinación social de la salud.
• Promover la participación de enfermería en los ámbitos científicos, incluyendo la divulga-ción del conocimiento en publicaciones, congresos y jornadas, etc.

 


Cumplimiento de normativas institucionales
• Promover y supervisar el cumplimiento de las normas institucionales (normas de bioseguri-dad, gestión integral de residuos, entre otros).
• Comunicar a la Dirección de la Unidad Ejecutora y/o mandos medios que correspondan so-bre las situaciones irregulares o que en su criterio profesional lo ameriten.
• Asegurar la confidencialidad en el manejo de datos sensibles de los usuarios y seguridad de la información del equipo de enfermería, promoviendo la adhesión de todo el equipo de salud notificando irregularidades cuando corresponda.
• Participar y/o promover la participación del equipo de enfermería, en los grupos de trabajo de la Unidad Ejecutora o de otros niveles de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, a los que el Departamento sea convocado.
• Participar conjuntamente con el Equipo de Gestión y Equipo de Arquitectura en diseños funcionales y arquitectónicos de los servicios asistenciales.
• Realizar las tareas asignadas por su superior inmediato relacionadas con su puesto de traba-jo.


• Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.

 

9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL

Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
• Un representante designado por A.S.S.E
• Un representante de la Unidad Ejecutora
• Un representante de los funcionarios
• Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
• El Tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

 

Actuación (Art.7°- Decreto Nº 197/2006):
• Méritos y Antecedentes (100 puntos)
o "Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
? hasta 35 puntos por la escolaridad.
? hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementaria, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.


o "Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
? hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
? hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.

o Méritos y Oposición (200 puntos)
o "Prueba"
Tratándose de selección por prueba y méritos la puntuación se otorgará sobre un total de 200 puntos, correspondiente 100 a la prueba de oposición y 100 a los factores referidos en el artículo anterior. (Méritos, Antecedentes y Prueba) (Art. 8°).


PROYECTO DE TRABAJO:
El proyecto de trabajo deberá comprender los siguientes puntos:
- Introducción
- Fundamentación
- Objetivo General
- Objetivos Específicos
- Población Objetiva
- Líneas estratégicas de acción
- Rol de la Jefatura de Enfermería
- Indicadores de Evaluación
- Cronograma
- Análisis de recuses
- Evaluación y conclusions

La extensión máxima del trabajo será de 30 carillas, tipo de letra arial tamaño 12 con un espacio y medio de interlineado y márgenes de 2.5 cm, solo los títulos en negrita tamaño 14 y centrados, subtítulos en negrita.
Cabe señalar que el proyecto deberá estar alienado con los objetivos sanitarios de A.S.S.E. y las características de la Red de Atención Primaria de San José.


10. NORMATIVA

Norma Aplicable:
Decreto N° 197/2006 de 22/06/2006
La inscripción en el "Registro de Aspirantes" no les confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección.
El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años.

 

11. CONSIDERACIONES PARA LA CONVOCATORIA

A. Inhabilitaciones. Art. 4 de la Ley 18.172 de 31/08/2007: "Las personas que hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público, o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, previo sumario administrativo cuando correspondiere, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública.
Se excepciona del inciso anterior a aquellas personas que hayan sido destituidas por razones políticas, sindicales o mera arbitrariedad en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985."

B. No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad.

C. En caso de ser convocado, el inscripto deberá exhibir los originales de toda la documentación presentada o enviada oportunamente al momento de la postulación.

 

San José, junio de 2026.



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