LLAMADO INTERNO ALTA DEDICACIÓN HORARIA DOCTOR ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA PARA EMERGENCIA- HOSPITAL PASTEUR
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
REGIÓN SUR
U.E. 006- HOSPITAL PASTEUR
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
"ALTA DEDICACIÓN HORARIA TRANSVERSAL - 40 HORAS Semanales"
LLAMADO INTERNO
Se convoca a aspirantes para la función de DOCTOR ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA PARA EMERGENCIA, en régimen de funciones de Alta Dedicación Horaria.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.-
Período de inscripción: 24/06/2022 hasta el 08/07/2022 inclusive.
Requisitos específicos (excluyentes):
Ser presupuestado ó contratado por el Art. 256 (Ley N° 18.834) o por la Comisión de Apoyo de la U.E 068 con fecha de ingreso previo al 30/06/2018 y en condiciones de ser presupuestable, prestando funciones en la Unidad Ejecutora 006 - Hospital Pasteur.-
Título de Especialista en Medicina Interna, registrado y habilitado por el M.S.P.
Acreditar inscripción vigente en el Colegio de Médicos del Uruguay (Ley N° 18.591 (18/09/09) - Art. 2°)
Curriculum Vitae con documentación probatoria foliado (méritos y antecedentes).
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la convocatoria).
Experiencia laboral documentada en A.S.S.E. (presentar actuación funcional).
Disponibilidad horaria para el cumplimiento de funciones de Alta Dedicación Horaria transversal (40 horas semanales presenciales)
Se valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la Función y Desempeño Acreditado.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación.
La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de Junio de 2006. El tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria. -
Montevideo, Junio 2022
BASES DEL LLAMADO
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E 06 - HOSPITAL PASTEUR
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITOS Y ANTECEDENTES
FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: DOCTOR ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA PARA EMERGENCIA (ALTA DEDICACIÓN HORARIA)
PRINCIPALES ACTIVIDADES:
Dedicación horaria y régimen de trabajo.
-
Convenio colectivo firmado el 22/06/2017 (ASSE - SMU - M.SP y M.E y F)
Funciones de Alta Dedicación en ASSE, aplicable a los nuevos cargos médicos a desempeñar funciones en "Doctor Especialista en Medicina Interna para Emergencia". (Cláusula 2 y 3 del Acuerdo)
-
Carga horaria: 40 horas semanales, (Cláusula 3 del Convenio referido)
3.2 Los médicos comprendidos en el ámbito personal de aplicación de este convenio trabajarán en
régimen de 175 horas a 209 horas mensuales (equivalentes a 40 a 48 horas semanales
respectivamente)
3.3 Las cargas horarias semanales podrán comprender horas de guardia presenciales en el Servicio
de Emergencia, horas de policlínica para el control de altas, policlínicas comprendidas en sub-
áreas del Servicio de Emergencia, llamados a domicilio urgentes así como actividades de
educación y promoción para la salud y horas de actividades institucionales que no impliquen la
atención directa a pacientes.
3.4 Asociados a estos Servicios de Emergencia, se definen dos tipos de funciones.
Funciones de Alta Dedicación Longitudinal de Emergencia (FADLE)
Funciones de Alta Dedicación Transversal de Emergencia (FADTE)
3.6 Régimen de trabajo de los FADTE:
3.6.1 Esta función se deberá desempeñar en régimen de guardia presencial con una concurrencia
de al menos 3 días a la semana de lunes a sábado.
3.6.2 Estas funciones se desempeñarán con un máximo de 13 horas de trabajo corridas
3.6.3 En todos los casos debe existir al menos una hora para el pase de guardia.
3.7 Estas funciones quedan exceptuadas de la obligatoriedad de realizar el mínimo de horas de
policlínica previstas en las funciones de las especialidades cuyos acuerdos de funciones de alta dedicación ya se suscribieron anteriormente entre las partes. En caso de incluir horas de policlínica para el control de altas o policlínicas comprendidas en sub-áreas del Servicio de
Emergencia, las mismas pueden representar menos del 20% de la carga horaria semanal pero en este caso, el profesional no puede tener usuarios referenciados.
3.8 Bajo este régimen de trabajo en ningún caso las guardias presenciales podrán exceder las 16
horas corridas.
3.9 La carga horaria asignada a guardia podrá incluir al menos una guardia nocturna semanal y una guardia mensual de fin de semana de acuerdo a las necesidades del servicio.
5. Horas de actividades institucionales (Cláusula 5 del Acuerdo): Esta actividad incluye como mínimo 2 horas comprendidas dentro de las 40 a 48 horas semanales respectivamente, y teniendo en cuenta 43 semanas laborales anuales, totalizan 86 horas al año. Estas horas deben ser flexibles tanto en su contenido como en su distribución anual de acuerdo a los requerimientos del servicio. Quedan excluidos los días de licencia por congreso.
REMUNERACIÓN (Cláusula 6 del Acuerdo)
Se establece valor hora de $ 1376.66 (nominal) a valor vigente 2022.
A este valor se deberá adicionar las compensaciones que puedan corresponder por trabajo nocturno, antigüedad y beneficios sociales.
Dependencia Jerárquica.
Dirección del Servicio de Emergencia del Hospital Pasteur
Norma aplicable:
-Decreto 197/2006 de 22/06/2006
MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)
"Méritos":
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
-hasta 35 puntos por la escolaridad
-hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
"Antecedentes":
El factor "Antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos
efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
-hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
-hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año. (Art.7)
TRIBUNAL DEL CONCURSO:
Integración (Art. 9º -Decreto Nº 197/2006):
-Un representante designado por ASSE
-Un representante de la Unidad Ejecutora
-Un representante de los funcionarios.
Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
El tribunal valorará los postulantes y emitirá los fallos quedando conformado un "Registro de Aspirantes" que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
El tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
El formulario no se encuentra disponible



